Chávez denuncia la tendenciosidad de la CIDH de la OEA
mayo 8, 2012
El presidente de Venezuela, Hugo
Chávez, anunció el 30 de Abril próximo pasado que su país se retirará «de
la tristemente célebre Comisión Interamericana de Derechos Humanos» (CIDH)
y   “lo primero que le voy a pedir a este [recién
creado] Consejo de Estado es el estudio  y la recomendación al jefe del Estado para
retirarnos de inmediato de la tristemente célebre Comisión Interamericana de
Derechos Humanos. ¡Ya basta! ¿Hasta cuándo nosotros vamos a estar con esa
espada de Damocles?»  Chávez señaló también
que el primer país que desconoce la CIDH «son los Estados Unidos», y
que la comisión, además, «funciona en Washington».

En el libro El Lado Oscuro del
Imperio. La violación de los Derechos Humanos por Estados Unidos
(Buenos
Aires: Ediciones Luxemburg, 2009), escrito conjuntamente con Andrea Vlahusic
examinamos en detalle como Washington viola sistemáticamente los derechos
humanos, dentro y fuera de sus fronteras. Los párrafos que siguen son útiles para comprender la absoluta
legitimidad de la decisión venezolana de abandonar la Comisión Interamericana
de Derechos Humanos, para lo cual deberá previamente denunciar la Convención Americana
sobre Derechos Humanos.
(texto extraído de las  pp. 66-67) Para completar este análisis agrego
al final una nota de Luis Britto García, brillante intelectual venezolano,
sobre la CIDH.
Sistema
interamericano de protección de los derechos humanos
En el ámbito regional, Estados Unidos no ratificó la Convención Americana
sobre Derechos Humanos
de 1969. También llamada Pacto de San José de Costa
Rica, esta Convención es la piedra angular de todo el sistema interamericano de
protección de los derechos humanos. Washington firmó ese acuerdo en 1977,
durante la presidencia de James Carter, pero luego jamás se produjo la aprobación de la Convención por parte del
Congreso
.
Como consecuencia de no ser parte
en la Convención Americana, Estados Unidos tampoco aceptó la competencia de la Corte
Interamericana de Derechos Humanos, quedando por lo tanto fuera del control de
la misma.
Esta Corte fue creada por la Convención Americana sobre Derechos
Humanos y entró en funcionamiento en 1978 como una institución judicial
autónoma con sede en San José de Costa
Rica
, cuyo objetivo es la aplicación e interpretación de dicha Convención,
controlando el respeto de los derechos humanos por los estados partes en la
Convención que hayan aceptado su competencia.
Dado que el interamericano es un
sistema de control bifronte, aparte de la Corte también cuenta con la Comisión Interamericana de Derechos Humanos,
cuyo origen se remonta a la Carta de la Organización de Estados Americanos y
que se encuentra en funcionamiento desde 1960 con sede en Washington. Esta Comisión, a diferencia de la Corte,
funciona como organismo de control respecto del cumplimiento de las
obligaciones internacionales asumidas en materia de derechos humanos por todos
los estados miembros de la Organización de los Estados americanos (oea)[1].
Por lo tanto, ni Estados Unidos ni
ninguna otra nación que integre la oea
podrá excusarse de cumplir con sus obligaciones en el ámbito de los derechos
humanos pues su cumplimiento es intrínseco a la condición de miembro de dicha
organización
. Es por ello que la Comisión ha emitido varios informes condenando a Estados Unidos por distintas
violaciones a sus obligaciones internacionales en materia de derechos humanos
.
Lamentablemente, esas directivas han sido sistemáticamente desoídas por la Casa
Blanca.
Siguiendo con su política de
desprecio a la normativa internacional, Estados
Unidos tampoco ratificó los demás tratados sobre derechos humanos pertenecientes
al sistema interamericano
, tales como la Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura, de
1985; la Convención Interamericana sobre
Desaparición Forzada de Personas
, de
1994; y la Convención Interamericana
para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer

“Convención De Belem Do Pará” de 1994, para nombrar los más importantes. (Clic abajo en Más información)

___________________________
TODO LO QUE USTED
QUERÍA SABER SOBRE LA COMISIÓN INTERAMERICANA DE LA OEA / Pero no se atrevía a
preguntar
Luis Britto García
¿Qué son la Comisión
y la Corte Interamericana de Derechos Humanos?
-Organismos que dependen de la Organización de Estados
Americanos, ente con sede en
Washington dedicado fundamentalmente a validar las políticas de Estados Unidos,
el cual paga la más de la mitad de su presupuesto.
¿La Comisión y la
Corte Interamericana de la OEA defienden los Derechos Humanos?
-Sólo si los viola un Estado. Si los violan un empresario,
un terrateniente, un banquero o una transnacional, se cruzan de brazos. Tampoco
se ocupan del derecho al trabajo, a la tierra, al agua, a la educación, a la
salud, a la seguridad social, a la cultura a la información veraz: a todo lo
que hace la vida digna y posible.
¿La Comisión
Interamericana es imparcial?
-Ni remotamente. Durante las décadas horribles de la Cuarta
República, cuando había masacres, campos de concentración, torturas, miles de
desaparecidos y suspensiones de garantías que duraban años, la Comisión procesó
sólo seis denuncias, una de ellas interpuesta por el terrorista Orlando Bosch y
otra por el terrorista Posada Capriles. Durante la década del gobierno
bolivariano, cuando todas esas prácticas desaparecieron, la Comisión procesa 66
denuncias contra Venezuela.
¿La Comisión y la
Corte son eficaces?
-Sólo para defender los derechos del capital. Nunca se
pronunció contra la dictadura de los Somoza, pero sí condenó a la Revolución
Sandinista. Cuando el presidente Chávez fue secuestrado por golpistas
fascistas, la Comisión no movió un dedo para expedir una medida cautelar a su
favor, a pesar de que se lo exigió la organización colombiana Minga. Nada hizo
cuando el presidente Manuel Zelaya fue secuestrado. Cuando el presidente Rafael
Correa fue secuestrado y balaceado por golpistas fascistas, tampoco movió un
dedo. Cuando Correa ganó legítimamente una demanda contra monopolios
comunicacionales que lo calumniaron, allí sí salió la Comisión a pedir que los
perdonara.
¿La Comisión
Interamericana acoge denuncias válidas?
-En su Informe de 2011 para el Examen Periódico Universal,
la CIDH nos acusa en 233 párrafos. En 205 trata casos en los cuales no se han
agotado los recursos internos, que su propio Estatuto le prohíbe conocer. En
225 no precisa hechos tales como nombres, fechas, lugares ni otros datos, que
su Estatuto exige para admitir denuncias. En 182 casos, juzga sobre
suposiciones de hechos futuros e inciertos, que “podrían” acontecer. En la casi
totalidad, se funda en rumores o recortes de prensa, que ningún tribunal digno
de tal nombre acoge como prueba. Incluso objeta proyectos de leyes, cuya
sanción depende de la Asamblea Nacional, y no de una oficina en Washington.
¿La Comisión está
prejuiciada contra Venezuela?
-En el citado Informe nos colocan junto a Colombia, Honduras
y Haití, como países que presentarían “situaciones que afecten seria y
gravemente el goce y disfrute de los derechos fundamentales”. Asimilarnos a
países ocupados por Estados Unidos o a gobiernos surgidos de golpes o en guerra
civil es una torpe injuria.
¿Quién paga a la
Comisión Interamericana y a la Corte Interamericana?
La Comisión Interamericana y la Corte Interamericana
dependen de la Organización de Estados Americanos (OEA), a la cual Estados
Unidos aporta anualmente unos $44,2 millones, más de la mitad del presupuesto
de aquella. El National Endowment for Democracy (NED) sufraga con cantidades
todavía no precisadas pero que deben ser sustanciales una miríada de ONGs que
fraguan incontables acusaciones contra Venezuela. Esos jugosos estipendios
podrían verse reducidos a iniciativa del congresista Connie Mack, de Florida,
para quien “La OEA es una organización en América Latina que ha fracasado”
(AFP, 3-5-2012). Por la plata baila el perro, y por el dólar acosa a Venezuela
la Comisión Interamericana.
¿Podemos evitar que
Venezuela sea juzgada por organismos que no reconocen su soberanía?
-Nada más fácil. El artículo 236 de la Constitución
establece que “Son atribuciones y obligaciones del Presidente o Presidenta de
la República (…) 4. Dirigir las relaciones exteriores de la República y
celebrar y ratificar los tratados, convenios o acuerdos internacionales”. Así
como puede celebrarlos, puede denunciarlos. El artículo 187 de dicha norma
pauta que “Corresponde a la Asamblea Nacional: (…) 18. Aprobar por ley los
tratados o convenios internacionales que celebre el Ejecutivo Nacional, salvo
las excepciones consagradas en esta Constitución”. Así como aprueba su
celebración, puede aprobar su denuncia.
¿Sólo Venezuela
formula críticas contra los procedimientos ilegales de la Comisión y la Corte
Interamericana?
En el Informe del «Grupo de Trabajo Especial de
Reflexión sobre el Funcionamiento de la Comisión Interamericana», de 13 de
diciembre de 2011, los representantes de Brasil, Bolivia, Ecuador, México y
Perú recomiendan a dicha Comisión: “a) Reflexionar sobre la eficacia del
Capítulo IV del Informe Anual de la CIDH en la promoción de los derechos
humanos en el hemisferio. b) Revisar los criterios, metodología y procedimiento
para la elaboración del Capítulo IV, incluyendo el uso de fuentes públicas y
privadas. c) Ampliar el espectro del Capítulo IV del Informe Anual de la CIDH
para que se analice de manera objetiva e integral la situación de los derechos
humanos en todos los Estados de la región, independientemente de que sean
estados parte o no de los instrumentos interamericanos de derechos humanos. d)
Considerar en la elaboración del Capítulo IV no solo derechos civiles y
políticos, sino también los derechos económicos, sociales y culturales”. No es
desdeñable que tantos y tan importantes países ordenen a un organismo que
reconsidere su eficacia, sus criterios, metodologías, alcances y estrechez de
miras. Son países que comprenden cerca de la mitad del territorio y de la
población de América Latina y el Caribe.
-¿Si nos salimos de
la Comisión y de la Corte quedaremos aislados?
-Ni Estados Unidos ni Canadá se han sometido jamás a la
Comisión ni a la Corte Interamericana. Mejor aislarlos a ellos.

[1] Tal como lo estipula el artículo 1.2.b. del Estatuto
de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Ver: www.cidh.org/Basicos/Basicos9.htm

5 Comentarios

  1. Anónimo
  2. Anónimo

    Exaspera el doble discurso del Tío Sam, toda la m… a Cuba y Venezuela pero nada, o muy poco, se le tira a China o Vietnam a la hora de hacer negocios. Nadie bloquea a China o Vietnam.

    Responder
  3. atilio

    Tenés razón, Nando, pero el el 79 en la Casa Blanca estaba James Carter. Después la CIDH se convirtió en otra cosa, convalidando golpes de estado, mirando para otro lado mientras asesinan a dirigentes sindicales en Colombia y periodistas en Honduras y México. Es que como se trata de "gobiernos amigos" de EEUU no hay por que preocuparse.

    Responder
  4. Nando Bonatto

    Mire Atilio, como decimos en el barrio, todas las vaquitas son suyas, pero en el 79 cuando nadie nos daba ni cinco de pelota, la unica comision que recibio a mi vieja para que pueda efectuar la denuncia por mi hermana desaparecida fue esta comision tan denostada por el Comandante Hugo

    Responder

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Sobre el Autor de este Blog

Atilio Alberto Borón (Buenos Aires, 1 de julio de 1943) es un politólogo y sociólogo argentino, doctor en Ciencia Política por la Universidad de Harvard. Actualmente es Director del Centro de Complementación Curricular de la Facultad de Humanidades y Artes de la Universidad Nacional de Avellaneda. Es asimismo Profesor Consulto de la Facultad de Ciencias Sociales de la Universidad de Buenos Aires e Investigador del IEALC, el Instituto de Estudios de América Latina y el Caribe.

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